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DEVOLUCIÓN DE LAS CUOTAS DEL IMPUESTO SOBRE HIDROCARBUROS SOPORTADAS POR AGRICULTORES Y GANADEROS, ¿CÓMO OBTENERLA?

Devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos 

La Agencia Tributaria anunciaba que el 1 de abril comenzó el plazo para solicitar  la devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos correspondiente al gasóleo bonificado adquirido por agricultores y ganaderos. Hasta el 31 de diciembre es posible solicitar la devolución. El importe de la devolución es de 78,71 euros por cada 1.000 litros.

Dan derecho a devolución los consumos realizados en motores de tractores y maquinaria agrícola autorizados o no para circular por vías y terrenos públicos, empleados en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura, y en motores de los aparatos y artefactos empleados en igual destino.

Para obtener la presente devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, debe presentarse a la Administración Tributaria (de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos) la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección  www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

  1. NIF: 9 caracteres
  2. Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.
  3. Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.
  4. Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.
  5. El volumen de litros consumidos e importe del mismo.
  6. En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud
  7. La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.
  8. Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.

 

TRAMO AUTONÓMICO DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE HIDROCARBUROS, ¿OTRO CASO COMO EL DEL “CÉNTIMO SANITARIO”?

El 15 de marzo de 2017 CODIGASOIL, Confederación Nacional de distribuidores de gasóleo, presentó la denuncia a la Comisión Europea contra España por la incompatibilidad del tramo autonómico del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos (IEH) con la Directiva de fiscalidad energética.

El Impuesto Especial sobre Hidrocarburos es un impuesto armonizado a nivel europeo y, por ello, sometido a lo dispuesto por las directivas comunitarias. La denuncia será examinada por los servicios jurídicos del Departamento de Fiscalidad y Unión Aduanera de la Comisión Europea a la luz del Derecho de la Unión Europea aplicable en la materia. En este sentido, la Comisión dispone de un plazo de un año para instruir la denuncia interpuesta pudiendo derivarse la incoación de un procedimiento de infracción contra España por incumplimiento de la normativa comunitaria en la materia de imposición de productos energéticos.

Cabe mencionar que hace algunos años se produjo un procedimiento similar contra el céntimo sanitario que condujo definitivamente a su derogación a efectos de 1 de enero de 2013, antes de la Sentencia de 24 de febrero de 2014 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que declaró la ilegalidad del impuesto, ya derogado en ese momento.

Con esta acción, CODIGASOIL, en estrecha colaboración con FIDE Asesores Legales y Tributarios, persigue la derogación del tramo autonómico que tantos perjuicios está ocasionando a sus asociados. Estas diferencias impositivas son contrarias al establecimiento de un mercado único con libre competencia en igualdad de condiciones ya que los consumidores finales soportan un tipo impositivo diferente en función de la Comunidad Autónoma dónde consuman los productos.

Si finalmente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea o los tribunales nacionales consideraran que la adición de un tramo autonómico al Impuesto sobre Hidrocarburos es contraria al Derecho de la Unión Europea significaría que la AEAT y las Comunidades Autónomas, deberán devolver a los contribuyentes la totalidad de las cantidades indebidamente ingresadas desde el año 2013 por este concepto.

NUEVE DETENIDOS EN SEVILLA EN UNA TRAMA DE FRAUDE MASIVO DEL IVA DE HIDROCARBUROS

La Guardia Civil y la Agencia Tributaria han detenido en varias localidades de Sevilla a nueve personas como integrantes de una organización criminal dedicada al fraude masivo de IVA y al blanqueo de capitales en la compraventa de hidrocarburos.

La intervención policial, denominada Operación Reata, continúa abierta y en ella han participado la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y la Delegación Especial de Andalucía de la Agencia Tributaria, en coordinación con la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF). Las investigaciones se iniciaron en el año 2015 a través de la Fiscalía de Sevilla y en el desarrollo de las mismas se habrían constado «varias estructuras criminales organizadas» dedicadas a defraudar el IVA de importantes cantidades de hidrocarburos.

La Guardia Civil estima que el fraude afecta a 75 millones de litros, lo que alcanzaría los 11 millones de euros desde el año 2014. Esta práctica fraudulenta permitía que la organización pudiera colocar todo el producto que adquiría, en virtud del margen en el precio final que le proporcionaba la propia conducta delictiva, y que posteriormente comercializaba con gasolineras  repartidas por todo el territorio nacional. La Guardia Civil explica que se trata de una práctica ilícita que provoca una distorsión del mercado, incurriendo en una competencia desleal.

Según las investigaciones practicadas hasta el momento, la organización criminal tendría capacidad de poner en marcha procesos de blanqueo de capitales y se ha detectado el «lavado» de activos de estas estructuras ilícitas. Los canales de blanqueo se conformarían a través de una arquitectura societaria paralela a la que ejecuta el fraude, según la información facilitada por el Ministerio del Interior, que indica que las diligencias han sido declaradas secretas.